martes, 2 de diciembre de 2025

“EFE VERIFICA”… PERO A MI PADRE NO LO VERIFICÓ NADIE...

 

Cómo una agencia pública incumple su propio código ético, difunde una falsedad judicialmente desmontada y después intenta convertir la responsabilidad en sarcasmo.



Ficha de entrada

  • Tema: Desinformación institucional, responsabilidad de la Agencia EFE y análisis jurídico detallado del caso Antonio Luis Baena Tocón.

  • Fuentes utilizadas:

    • Mi escrito jurídico completo contra EFE y José Manuel Sanz Mingote, que la Justicia debería tener en cuenta.

    • Textos personales corregidos.

    • Entrada anterior del blog.

    • Sentencia 311/2021 del Juzgado Contencioso-Administrativo de Alicante.

    • Documentación oficial de EFE (Estatuto de Redacción, Código Ético, información pública sobre EFE Verifica).


Estrategia discursiva

  • Objetivo: demostrar que EFE actuó con negligencia grave o temeraria, vulneró normas internas, ignoró jurisprudencia y difundió una falsedad objetiva que ya tenía respuesta judicial.

  • Clave narrativa: poner en evidencia la contradicción entre lo que EFE declara ser y lo que hizo realmente.



Si en la entrada anterior hablaba del daño humano, moral y familiar que causó la desinformación de la Agencia EFE sobre mi padre, hoy toca hacer lo que la propia agencia no hizo: verificar.

Pero verificar de verdad, con documentos, con normas, con fechas y con sentencias.
No con titulares automáticos, no con cables de agencia repetidos en cadena sin el mínimo filtro profesional.

Porque mientras en sus campañas institucionales EFE presume de combatir la “desinformación”, en mi caso actuó exactamente al revés:

  • difundió una mentira;

  • la repitió en múltiples titulares;

  • la exportó a otros medios;

  • no la contrastó;

  • ignoró documentos públicos accesibles;

  • incumplió su propio Estatuto de Redacción;

  • vulneró su Código Ético;

  • desatendió una jurisprudencia clarísima del Tribunal Supremo;

  • y cuando se le pidió responsabilidad, respondió con sarcasmos, chistes y una comparación grotesca entre la historia de mi padre, un poeta universal, la llegada del hombre a la Luna y los maquis.

Un nivel de seriedad que explicaría por sí solo por qué ciertos artículos hablan hoy del desastre económico y reputacional de la Agencia EFE. Pero vayamos por partes.


1. ¿Quién dirigía la información en EFE cuando mintieron sobre mi padre?

En mayo de 2020, según reconoce la propia contestación a la demanda, la Agencia EFE nombró como Director de Información al demandado José Manuel Sanz Mingote.

Es decir:
cuando EFE difundió la noticia falsa el 6 de junio de 2020,
él ya ejercía plenamente sus funciones como responsable informativo.

Por tanto:
tiene legitimación pasiva
tiene responsabilidad solidaria
tiene deber de contrastación

Y no valen excusas: así lo exige la Ley de Prensa e Imprenta y así lo exige el Estatuto de Redacción de EFE.


2. La falsedad difundida: “verdugo”, “secretario que condenó a muerte”, etc.

En las pruebas documentales aportadas al juzgado (50 al 59), EFE repite una y otra vez frases como:

  • “el secretario que condenó a muerte a Miguel Hernández”,

  • “el verdugo de Miguel Hernández”,

  • “el secretario del consejo de guerra que lo sentenció a muerte”.

Todo ello atribuido a Ríos Carratalá.

La agencia reconoce en su contestación que sus noticias informaban sobre:

“Antonio Luis Baena Tocón, secretario judicial del consejo de guerra contra Miguel Hernández”.

Esa frase es falsa, objetivamente falsa y legalmente falsa.
Y no lo digo yo: lo dice la Sentencia 311/2021, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante.

Esa sentencia deja claro:

  • que mi padre no formó parte de ningún consejo de guerra,

  • que no pidió condena para nadie,

A pesar de ello, EFE siguió repitiendo la falsedad como si fuera un dato histórico incontrovertible.

Y luego se sorprenden de tener un problema de credibilidad.


3. El “dislate surrealista”: EFE compara la falsedad sobre mi padre con las guerras carlistas y la llegada a la Luna

En su contestación, EFE intenta minimizar la gravedad diciendo que no se puede comparar una “simple noticia histórica” con grandes hitos de la historia universal.

Ese argumento, además de insultante, revela algo más grave:

▪ EFE no entiende la función del periodismo.
▪ Cree que la verdad histórica solo importa cuando habla de guerras o astronautas.
▪ No comprende que para las personas afectadas, la verdad sobre sus familiares es tan importante como cualquier dato macrohistórico.

Lo grotesco llega cuando, para negar su responsabilidad, EFE escribe literalmente que la difusión masiva de insultos y amenazas se debe a los “haters”.

Es decir:
→ ellos no contrastan
→ ellos publican una falsedad
→ ellos la distribuyen a decenas de medios
→ ellos alimentan la bola de nieve

…pero son “los haters”.

Una excusa tan floja como ofensiva.


4. EFE Verifica: el departamento que “combate la desinformación”, excepto cuando la genera EFE

Aquí está una de las mayores contradicciones del caso.

Desde 2019, EFE tiene un departamento llamado:

EFE VERIFICA

Y según dice su propia web:

  • lucha contra las noticias falsas,

  • dispone de un equipo de verificación,

  • usa metodologías profesionales,

  • garantiza imparcialidad, exactitud y ausencia de tendenciosidad,

  • cumple el Código IFCN,

  • sus periodistas deben cumplir el Estatuto de Redacción.

Pero cuando toca contrastar una afirmación fácil de verificar (¿fue o no fue secretario del consejo de guerra un hombre cuyo expediente está en un archivo público y cuya sentencia judicial ya existe?)…
deciden no contrastar nada.

Y luego escriben, con total descaro:

“La Agencia EFE no tiene posibilidad razonable de verificar la exactitud histórica de todas las noticias que se le refieren”.

¿Perdón?
¿Para qué existe entonces EFE Verifica?
¿Para hacer vídeos simpáticos sobre bulos de WhatsApp mientras se ignoran documentos judiciales y archivos estatales?

Si EFE no pudo verificar, fue por una sola razón:
porque no quiso,
porque le convenía el relato de Ríos Carratalá
y porque replicó sin filtro una falsedad enormemente dañina.


5. ¿Qué exige la ley? ¿Podía EFE no verificar? NO.

La STS 384/2020 de la Sala Civil del Tribunal Supremo dice exactamente lo contrario de lo que alega EFE:

  • Cuando la información afecta al honor de una persona,

  • y cuando existen documentos en archivos públicos,

  • el medio tiene la obligación de verificarla.

No es opcional.
No es un favor.
Es un deber jurídico.

Y EFE:

  • tiene recursos,

  • tiene personal,

  • tiene estructura,

  • tiene departamento de verificación,

  • tiene acceso a archivos,

  • tiene protocolos.

Así que su alegación es jurídicamente insostenible.


6. El Código Ético y el Estatuto de Redacción… papel mojado

El Estatuto de Redacción (Documento 59H) exige:

  • imparcialidad,

  • exactitud,

  • carencia de tendenciosidad,

  • honradez,

  • contraste,

  • diligencia,

  • verificación en archivos públicos,

  • respeto al honor e imagen,

  • evitar omisiones deliberadas,

  • evitar ideologización de la información.

El Código Ético añade:

  • transparencia,

  • rechazo de la arbitrariedad,

  • respeto a la legalidad,

  • rendición de cuentas.

Todo esto fue vulnerado de forma frontal.

Pero lo más significativo es el contraste absoluto entre lo que el Estatuto exige y lo que EFE escribió en su web:

“EFE no se hace responsable de los daños derivados de errores u omisiones en los contenidos”.

Afirmación totalmente incompatible con su función de servicio público informativo.


7. El sarcasmo final: la indemnización y las “varias vidas a pleno lujo”

La parte más bochornosa de la contestación es la que intenta ridiculizar la indemnización solicitada.

Dicen, con tono de comedia barata, que con esa indemnización yo podría:

  • comprar una isla en el Caribe,

  • comprar un “platillo volante”,

  • comprar la casa de Bertín Osborne,

  • y vivir “varias vidas a pleno lujo”.

Lo que no dicen es esto:

▪ 83 medios de comunicación españoles han presentado recientemente una demanda contra META por 550 millones de euros, por un asunto idéntico al mío:
derechos relacionados con datos, perfiles y desinformación.

▪ Ellos sí pueden pedir cientos de millones.
▪ Yo, hijo de la víctima de un bulo institucional, debo aguantar chistes.


8. Conclusión

Lo que intentan algunos llamar “una discusión académica” es, en realidad, un caso de:

  • desinformación institucional,

  • negligencia profesional,

  • incumplimiento ético,

  • desprecio por los hechos,

  • desprecio por los archivos,

  • desprecio por los afectados.

EFE Verifica…
pero a mi padre no lo verificó nadie.

EFE lucha contra los bulos…
pero el bulo que más daño ha hecho a mi familia salió, precisamente, de EFE.

EFE exige imparcialidad a sus periodistas…
pero difundió una falsedad sin contraste.

Si hoy esta agencia habla de pérdidas millonarias, decadencia o manipulación interna, quizá debería mirar antes la manipulación que realizó hacia fuera: hacia la vida de un hombre decente al que nunca preguntaron nada, hacia una familia que tuvo que sufrir el señalamiento y hacia una verdad que sigue esperando reparación.

Porque, más allá de cifras, balances o departamentos de verificación, hay una pregunta que ni EFE ni nadie ha respondido todavía (aunque Juan A. Ríos Carratalá y yo sí sabemos la respuesta):

¿Por qué mintieron sobre mi padre?

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