La caña de pescar y el documento que
ya estaba pescado
Cuando una
nueva investigación descubre lo que los documentos llevaban años diciendo.
Hay investigaciones que requieren años de
trabajo, consultas en archivos, viajes, paciencia y perseverancia. Otras
terminan descubriendo algo que llevaba bastante tiempo escrito en un documento.
El pasado 15 de octubre de 2026, Juan Antonio
Ríos Carratalá publicó en su blog Varietés y República una entrada
titulada «Un nuevo dato acerca del alférez Baena Tocón». En ella daba cuenta de
sus gestiones para averiguar si Antonio Luis Baena Tocón había estado colegiado
como abogado.
Después de consultar sin resultado positivo los
colegios de abogados de Madrid y Córdoba, encontró finalmente la respuesta en
Sevilla: Baena Tocón había estado colegiado allí desde 1950 hasta el 5 de
octubre de 1981.
Cabe suponer que el autor considera el dato de
suficiente relevancia histórica y académica como para dedicarle una publicación
específica. No deja de resultar curioso que, después de tantos años de
investigación sobre Antonio Luis Baena Tocón, el nuevo descubrimiento de un
catedrático de Literatura Española consista en confirmar una colegiación
profesional que ya figuraba en documentación administrativa de 1965.
Presentaba así un nuevo hallazgo en torno a una
persona fallecida en 1998, sobre cuya formación jurídica lleva años publicando
afirmaciones y sospechas.
Lo curioso es que ese pez llevaba mucho tiempo
pescado.
El documento
que ya estaba delante
Entre los documentos profesionales de Antonio
Luis Baena Tocón figura una declaración presentada con motivo del concurso de
interventores de fondos de Administración Local anunciado en el Boletín
Oficial del Estado de 4 de diciembre de 1965.
En el apartado «Otros méritos o aclaraciones»
consta una referencia a su colegiación en el Colegio de Abogados de Sevilla.
No estamos hablando, por tanto, de un dato que
haya aparecido por primera vez en octubre de 2026.
El documento formaba parte del expediente
profesional conservado en el Ayuntamiento de Córdoba, cuya documentación fue
aportada al procedimiento civil seguido ante el Juzgado de Primera Instancia
n.º 5 de Cádiz. Documentación que estuvo a disposición de las partes durante el
proceso.
Esto último no demuestra que Ríos Carratalá
examinara personalmente ese folio. Conviene decirlo con claridad. Pero sí
permite formular una pregunta legítima: ¿hasta qué punto puede presentarse como
novedad histórica una información que ya figuraba en documentación incorporada
al procedimiento judicial?
La novedad, en todo caso, puede estar en la
confirmación obtenida directamente del Colegio de Abogados de Sevilla, no en la
existencia misma de aquella colegiación.
Y esa diferencia importa.
De las
asignaturas sueltas a la colegiación
Durante años, las publicaciones de Ríos Carratalá
han cuestionado la formación jurídica de Antonio Luis Baena Tocón, hasta el
punto de presentarlo en determinados pasajes como alguien cuya preparación
universitaria era incompleta o insuficiente.
Sin embargo, la licenciatura en Derecho de Baena
Tocón no es una hipótesis pendiente de confirmación.
Terminó sus estudios en junio de 1936. Su
expediente académico y la documentación correspondiente acreditan una realidad
que ya fue examinada en sede judicial.
La resolución dictada el 1 de septiembre de 2021
por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Alicante recogió,
entre otros extremos, su condición de licenciado en Derecho, así como que no
fue secretario del consejo de guerra de Miguel Hernández ni solicitó para él la
pena de muerte.
Cuesta comprender que, después de tantos años de
publicaciones sobre la formación jurídica de Baena Tocón, continúen
planteándose interrogantes que la documentación académica y las actuaciones
judiciales permiten despejar. Resulta todavía más difícil comprenderlo cuando
esos documentos han sido invocados reiteradamente para corregir las
afirmaciones del investigador.
Ahora, en su nueva publicación, Ríos Carratalá
transcribe una solicitud de colegiación fechada el 11 de enero de 1950 en la
que el propio interesado se presenta como «Licenciado en Derecho».
Pero el investigador llama la atención sobre el
hecho de que esa solicitud no indique la universidad donde cursó sus estudios
ni la fecha de expedición del título.
La observación, peculiar, parece desplazar
nuevamente la atención desde lo que el documento acredita hacia lo que no dice.
Pero una solicitud de colegiación no tiene por qué reproducir todos los
extremos de un expediente académico. Convertir esa ausencia en motivo de nuevas
insinuaciones no aclara el asunto: introduce dudas donde existen documentos
capaces de resolverlas.
Un documento no deja de demostrar lo que
demuestra porque otro documento no repita todos sus datos.
Y cuando la información ya está acreditada,
insistir en lo que falta en una solicitud de colegiación puede resultar menos
esclarecedor que explicar por qué se siguió cuestionando durante tanto tiempo.
El rigor, los
alumnos y las prisas
En la página 168 de Nos vemos en Chicote,
Ríos Carratalá comparó un informe atribuido a Baena Tocón con un trabajo
estudiantil apresurado e incompleto.
La comparación tenía una intención
descalificadora bastante evidente.
No entraré ahora en todas las cuestiones
históricas y procesales que plantea aquel pasaje, que merecen un examen
independiente. Pero sí resulta llamativo que quien utiliza semejante
comparación para juzgar el trabajo ajeno dedique ahora una publicación a
presentar como descubrimiento un dato que figuraba en un expediente
administrativo de 1965.
No se trata de exigir que un investigador conozca
todos los documentos desde el primer día. Nadie puede hacerlo.
Se trata de algo más elemental: cuando aparecen
documentos que afectan a afirmaciones anteriores, lo razonable es revisar esas
afirmaciones y explicar con precisión qué cambia.
La investigación no consiste únicamente en
acumular hallazgos. También exige hacerse responsable de las conclusiones
publicadas.
Cuando la
biografía se confunde con el relato
La nueva publicación incorpora referencias a
circunstancias familiares y a una comunicación relacionada con la baja colegial
de 1981.
No parece que esos detalles, pertenecientes al
ámbito personal y familiar, aporten nada decisivo a las cuestiones históricas
que supuestamente se investigan.
Lo verdaderamente relevante sería revisar la
trayectoria profesional que el propio Ríos Carratalá ha venido atribuyendo a
Antonio Luis Baena Tocón: su supuesta condición de funcionario en 1934, su
presunta incorporación voluntaria a determinadas tareas represivas, la
insuficiencia de su formación jurídica o la interpretación de sus posteriores
destinos y progresos profesionales como recompensas por servicios prestados.
Son afirmaciones e interpretaciones que he
cuestionado reiteradamente mediante documentación académica, administrativa y
judicial.
Por eso sorprende que se conceda espacio a
detalles familiares secundarios mientras permanecen sin una revisión
suficientemente explícita cuestiones de mucha mayor trascendencia.
La historia profesional de una persona no se
reconstruye seleccionando los datos que mejor encajan con un relato previamente
establecido. Se reconstruye contrastando ese relato con el conjunto de las
pruebas disponibles, incluidas las que obligan a rectificarlo.
Y averiguar en qué colegio de abogados estuvo
inscrita una persona no demuestra, por sí mismo, ninguna de las tesis
anteriores.
El sonrojo y
el énfasis
En una entrada publicada el 7 de abril de 2026,
titulada «999 entradas y un nuevo blog en la web rioscarratala.com», Ríos
Carratalá explica que durante 2023 incorporó 239 publicaciones a su blog y
revisó las anteriores «para evitar el sonrojo».
No sé cuáles le produjeron semejante sensación ni
qué modificaciones consideró necesarias. Pero recuerdo una afirmación que,
desde luego, habría merecido una reflexión detenida.
En una publicación que no he conseguido volver a
localizar, el profesor justificaba, según recuerdo, su particular énfasis en
la figura de Antonio Luis Baena Tocón por el hecho de que su hijo —quien esto
escribe— había cuestionado su rigor académico.
No se trata de un recuerdo surgido ahora, al
calor de una nueva controversia. Ya hice referencia a esa declaración en
publicaciones mías de febrero y mayo de 2025. En la segunda afirmé expresamente
que conservaba la entrada original.
Si el motivo de dedicar una atención especial a
una persona fallecida era que su hijo había puesto en duda el rigor del
investigador, el problema resulta evidente.
La importancia histórica de una persona no
aumenta ni disminuye porque un familiar cuestione las conclusiones de quien
escribe sobre ella.
La crítica al rigor académico se responde con
documentos, argumentos y rectificaciones cuando procedan. No se responde
aumentando el protagonismo de una persona fallecida en una controversia con su
descendiente.
No sé si aquella publicación fue corregida,
trasladada, integrada en otra o simplemente se me ha escapado entre los
centenares de entradas del blog. Tampoco voy a atribuir intenciones que no
puedo demostrar.
Pero sí puedo decir que, de ser aquella la
justificación ofrecida, me parece impropia del rigor y la independencia de
criterio que cabe exigir a una investigación histórica.
Y, puestos a hablar de sonrojos, tal vez
convendría recordar que lo verdaderamente importante no es evitar el que puedan
producirnos nuestros escritos anteriores, sino explicar por qué se escribieron,
qué se ha corregido y qué sigue siendo defendible.
Porque los documentos pueden revisarse. Las
interpretaciones también. Lo que no debería depender de las discrepancias con
un hijo es el énfasis que un historiador decide poner sobre su padre.
¿Quién está
pendiente de quién?
En distintas ocasiones se me ha presentado como
una persona excesivamente pendiente de las publicaciones de Ríos Carratalá.
No niego que las he seguido. Sería absurdo
hacerlo.
Cuando durante años se publican afirmaciones
sobre mi padre, algunas de ellas objeto de un procedimiento judicial por
intromisión en su honor, resulta bastante comprensible que quiera conocerlas,
contrastarlas y responder cuando lo considere necesario.
Pero quizá convenga invertir por un momento la
perspectiva.
Han transcurrido décadas desde el fallecimiento
de Antonio Luis Baena Tocón. Su licenciatura está documentada. Su participación
en el consejo de guerra de Miguel Hernández fue objeto de aclaración judicial.
Y, pese a todo, el investigador continúa dedicándole nuevas publicaciones.
Está en su derecho de investigar y publicar,
naturalmente, dentro de los límites legales correspondientes.
Como también estoy yo en el mío de examinar sus
afirmaciones, discutir sus interpretaciones y aportar los documentos que
considere oportunos.
Lo que no parece razonable es presentar el
seguimiento de unas publicaciones como una obsesión cuando lo realiza el hijo
de la persona afectada, y como perseverancia investigadora cuando lo realiza
quien continúa escribiendo sobre ella.
Una última
reflexión
No cuestiono el derecho de Ríos Carratalá a
consultar archivos, solicitar información o continuar investigando.
Lo que cuestiono es la manera de presentar
determinados hallazgos, el tratamiento de documentos conocidos desde hace
años, la persistencia de dudas sobre hechos acreditados y, especialmente, la
tendencia a presentar como realidades constatadas lo que en ocasiones no pasa
de ser una interpretación personal del investigador.
La colegiación sevillana de Antonio Luis Baena
Tocón es un dato de su trayectoria profesional. Puede completarse, precisarse y
contextualizarse. Lo que no puede hacer es sustituir la valoración de las
pruebas que acreditan su formación universitaria.
Y si una investigación histórica quiere mantener
su credibilidad, no basta con anunciar descubrimientos cuya novedad resulta,
cuando menos, discutible. También debe explicar qué sucede con las afirmaciones
anteriores cuando los documentos no encajan con ellas.
Porque hay algo más importante que encontrar un
documento.
Es saber qué hacer con él cuando contradice lo
que llevamos años contando.
Y, a veces, antes de lanzar otra vez la caña,
convendría comprobar si el pez no estaba ya en la cesta.
El pescador de certezas
Sobre el arte de descubrir lo descubierto
Llegó el pescador al río
con su caña y su cuaderno,
dispuesto a encontrar verdades
que resistieran el tiempo.
Lanzó el anzuelo a las aguas,
removió fondo y arena,
preguntó por otros cauces,
buscó en orillas ajenas.
Y al fin anunció, solemne,
con satisfacción sincera:
«¡He descubierto aquel pez
que nadie vio en la ribera!».
Mas un viejo documento,
dormido entre hojas añejas,
guardaba desde hacía años
la noticia de su pesca.
No era nuevo aquel hallazgo
ni tan profunda la ciencia:
el pez llevaba decenios
descansando en una cesta.
El pescador, sin embargo,
examinó sus escamas,
buscando lo que faltaba
y olvidando lo que estaba.
«Aquí no consta la fecha,
ni se precisa la escuela…».
Y mientras sembraba dudas,
el pez seguía en la cesta.
Porque hay quien busca respuestas
y hay quien persigue sospechas;
quien rectifica sus mapas
y quien discute las huellas.
No hace más sabio al que pesca
el tamaño de su caña,
ni convierte en cosa nueva
lo que ya estaba en las páginas.
Y si la historia es un río
que a todos nos lleva y deja,
conviene mirar primero
lo que guardamos en la cesta.
Notas y
fuentes documentales
1. Ríos Carratalá, Juan Antonio. «Un nuevo
dato acerca del alférez Baena Tocón», Varietés y República, 15 de
octubre de 2026. https://varietesyrepublica.blogspot.com/2026/10/un-nuevo-dato-acerca-del-alferez-baena.html
2. Declaración para el Concurso de Interventores
de Fondos de Administración Local, correspondiente a la convocatoria publicada en
el BOE n.º 290, de 4 de diciembre de 1965. Apartado «Otros méritos o
aclaraciones». Expediente profesional de Antonio Luis Baena Tocón, Ayuntamiento
de Córdoba. Documento aportado al procedimiento civil de Cádiz. Pendiente de
incorporar su identificación exacta dentro de las actuaciones.
3. Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º
3 de Alicante. Resolución de 1 de septiembre de 2021. Referencia a la
licenciatura en Derecho de Antonio Luis Baena Tocón y a su no intervención como
secretario del consejo de guerra de Miguel Hernández ni solicitante de la pena
de muerte.
4. Ríos Carratalá, Juan Antonio. Nos vemos
en Chicote, p. 168. Pasaje en el que compara un informe atribuido a Baena
Tocón con un trabajo estudiantil apresurado. Pendiente de precisar la edición
utilizada.
5. Ríos Carratalá, Juan Antonio. «999
entradas y un nuevo blog en la web rioscarratala.com», Varietés y República,
7 de abril de 2026. Declaración del autor sobre la incorporación y revisión de
entradas durante 2023.
6. Baena González, José Francisco. «Historia
o teatro: la manipulación del pasado en el escenario académico», 21 de febrero
de 2025. https://www.antonioluisbaenatocon.com/blog/2350135_historia-o-teatro-la-manipulacion-del-pasado-en-el-escenario-academico
7. Baena González, José Francisco. «Otra
presentación de Perder la guerra y la historia», 23 de mayo de 2025. https://www.antonioluisbaenatocon.com/blog/2531031_otra-presentacion-de-perder-la-guerra-y-la-historia
8. Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Cádiz. Sentencia de
10 de marzo de 2025, relativa a la demanda de protección del derecho al honor
de Antonio Luis Baena Tocón. Resolución recurrida, sin firmeza acreditada en la
fecha de esta entrada.

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