Domingo 8 de marzo de 2026
LO QUE DICEN LOS DOCUMENTOS Y LO QUE SE DIJO EN LOS MEDIOS
Cómo un intento de corregir una historia mal contada terminó en una batalla administrativa y judicial
“Cuando se abren los documentos completos del sumario, la historia que se había repetido durante años resulta ser muy distinta.”
Durante años se ha repetido que mi padre, Antonio Luis Baena Tocón, habría desempeñado un papel relevante en el proceso que acabó con la condena del poeta Miguel Hernández.
Esa versión comenzó a difundirse con especial intensidad gracias al supuesto rigor del trabajo del catedrático Juan Antonio Ríos Carratalá, quien pareció encontrar en esta historia una auténtica mina de ficción para sus investigaciones académicas.
Sin embargo, cuando se examinan los documentos del propio procedimiento judicial, la imagen que aparece es muy distinta.
El contraste entre lo que dicen los documentos y lo que se dijo en los medios explica por qué un intento de corregir algunas afirmaciones incorrectas terminó convirtiéndose en una larga cadena de procedimientos administrativos y judiciales.
1. El origen del conflicto
Conviene recordar cómo comenzó realmente todo.
Antes de cualquier procedimiento judicial hubo un intento de resolver el problema de forma directa y discreta. En ese contexto se produjo un episodio que ya he explicado en otra entrada de este blog: un intento de presentar los hechos de forma engañosa que terminó provocando el conflicto.
A partir de ese momento comenzó a difundirse una narrativa pública según la cual yo pretendía:
censurar investigaciones históricas
borrar archivos
reescribir la historia
limitar la libertad de expresión.
Nada de eso era cierto.
Lo único que pedía era algo mucho más sencillo: que determinadas afirmaciones incorrectas sobre una persona concreta fueran revisadas a la luz de los documentos.
2. Lo que dijeron algunos medios
Cuando el asunto llegó a los medios de comunicación, muchos reprodujeron la versión difundida por Juan Antonio Ríos Carratalá y por otros comentaristas.
Sin embargo, en numerosos casos se omitió un paso básico del trabajo periodístico: contrastar los documentos.
El resultado fue que durante mucho tiempo circuló una versión simplificada —y en algunos aspectos ficticia— del caso.
3. Lo que dicen realmente los documentos judiciales
El procedimiento judicial permitió examinar directamente el expediente histórico, entre ellos el procedimiento sumarísimo nº 21001 seguido contra Miguel Hernández.
La sentencia es clara en un punto fundamental:
“ni el juez instructor ni quien actuó como secretario del mismo, ni ninguna otra de las personas que firman a lo largo de este proceso fueron quienes pidieron la condena a muerte para Miguel Hernández.”
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Es decir:
mi padre no pidió ni firmó la pena de muerte.
La resolución también describe cuál fue su intervención real:
“La intervención de D. Antonio Luis Baena Tocón (…) no fue otra que la de revisar una relación de periódicos (…) y remitir posteriormente mecanografiadas todas las referencias aparecidas en prensa relativas al procesado.”
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Su actuación fue, por tanto, una tarea documental dentro del procedimiento.
4. Un dato que suele omitirse
Hay otro elemento importante que rara vez aparece en los artículos o comentarios sobre este asunto.
Cuando se produjeron esos hechos, mi padre no era funcionario. La propia sentencia recoge que no obtuvo plaza en la administración local hasta 1944.
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En el momento de los hechos se encontraba cumpliendo el servicio militar obligatorio. Como jurista fue destinado como alférez de complemento a funciones de secretaría en un juzgado militar.
Presentar esa situación como si se tratara de una participación voluntaria en un aparato represivo o como un supuesto trampolín para una carrera funcionarial es una interpretación profundamente distorsionada de los hechos, propia de la ficción del autor, que introduce la figura de mi padre en un relato con sesgo ideológico.
5. Lo que se dijo y lo que muestran los documentos
El contraste entre algunas afirmaciones difundidas públicamente y lo que muestran los documentos del propio sumario puede resumirse de forma sencilla:
6. “Inexactitudes” demostradas documentalmente
La sentencia utiliza el término jurídico “inexactitudes” para referirse a algunos errores señalados durante el proceso.
Pero lo relevante es que el tribunal reconoce que:
“existen otras inexactitudes que quedan acreditadas con la prueba desplegada por el recurrente.”
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Es decir, los documentos aportados demostraron que algunos datos difundidos no eran correctos.
7. El coste personal de defender la verdad documental
Quien no haya pasado por un proceso judicial largo quizá no sea consciente de lo que implica.
En mi caso, la defensa de la memoria de mi padre ha supuesto durante años:
procedimientos administrativos
litigios judiciales
recursos y alegaciones
viajes constantes
gastos económicos importantes
desgaste familiar y social
problemas de salud derivados del estrés
y una enorme pérdida de tiempo y energía.
Todo ello por algo que en principio parecía mucho más sencillo: corregir una historia mal contada.
En este recorrido judicial he contado también con el trabajo de profesionales del Derecho que conocen bien las dificultades de estos procedimientos. En este sentido resulta muy ilustrativa la reflexión del abogado Antonio Benítez Ostos, socio director del despacho Administrativando, quien señalaba recientemente que «la Administración no puede seguir siendo juez y parte en la resolución de los recursos administrativos».
Puede leerse la entrevista completa aquí:
8. Lo que queda por explicar
En futuras entradas de este blog analizaré con más detalle todo el proceso judicial.
No por afán polémico, sino porque creo que es necesario explicar con rigor:
qué se pidió realmente en el recurso administrativo inicial
qué resoluciones se dictaron después
qué documentos históricos existen
y cómo se difundió públicamente una versión que no coincidía con esos documentos.
Epílogo
Cuando el ruido pasa, quedan los documentos
Durante años se repitió una historia espectacular.
Sin embargo, cuando se abren los documentos completos del sumario, la escena resulta mucho más modesta: un joven jurista cumpliendo el servicio militar obligatorio, revisando recortes de prensa y mecanografiando referencias para un procedimiento judicial.
Nada
de condenas firmadas.
Nada de decisiones judiciales.
Nada
de cargos funcionariales.
Las
historias simples viajan rápido.
Los documentos, en cambio,
exigen ser abiertos, leídos y comprendidos.
Quizá por eso circulan con tanta facilidad relatos que no resisten la lectura completa de un sumario.
Porque los documentos tienen un pequeño inconveniente para quienes prefieren los titulares:
se pueden leer... y a veces dicen otra cosa.
Nota documental
Las referencias documentales citadas en este artículo proceden del análisis del procedimiento sumarísimo nº 21001 instruido contra Miguel Hernández, así como de la resolución judicial dictada en el procedimiento contencioso-administrativo relacionado con este caso.
En dicha resolución se examina la intervención de Antonio Luis Baena Tocón en aquel procedimiento histórico y se constata que:
no solicitó ni firmó ninguna pena de muerte,
su intervención se limitó a tareas documentales dentro del sumario,
y algunas afirmaciones difundidas públicamente contenían inexactitudes acreditadas mediante la documentación aportada en el proceso.
La lectura completa del expediente permite comprender con mayor precisión el alcance real de aquella intervención y el contraste existente entre algunos relatos difundidos públicamente y lo que muestran los documentos.


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