miércoles, 23 de septiembre de 2026

Los documentos que descubrieron la pólvora

 

Cuando encontrar un documento no es lo mismo que 

descubrir lo que dice

 




Miércoles, 23 de septiembre de 2926

La primera vez que descubrí que mi padre era licenciado en Derecho llevaba toda mi vida sabiéndolo.

El título estaba allí, colgado en la pared. Yo lo había visto innumerables veces. Sabía que mi padre había estudiado Derecho, que había terminado la carrera y que había ejercido profesionalmente como licenciado.

Lo que nunca había imaginado era que llegaría un día en que tendría que demostrar documentalmente algo que para nosotros nunca había sido objeto de duda.

Todo empezó cuando encontré en Internet unas afirmaciones sobre mi padre que apenas reconocía. Seguí buscando y llegué a Nos vemos en Chicote y a otros trabajos de Juan Antonio Ríos Carratalá. Allí no sólo encontré una interpretación de determinados episodios de su vida que me resultaba completamente ajena. Encontré también afirmaciones concretas que podían comprobarse.

Una de ellas afectaba precisamente a sus estudios de Derecho.

En Nos vemos en Chicote se decía que en el expediente de Antonio Luis Baena Tocón sólo constaba el bachillerato y que había cursado «dos o tres asignaturas» de Derecho. En las páginas siguientes aparecía además la hipótesis de unos «exámenes patrióticos» realizados después de la Guerra Civil.[1]

Yo sabía que aquello no concordaba con la historia de mi padre.

Pero saberlo no era suficiente.

Había que demostrarlo.

Y así comenzó una experiencia que acabaría repitiéndose muchas veces durante los años siguientes: buscar documentos para demostrar cosas que creía saber y terminar encontrando, junto a ellas, otras que desconocía por completo.

Porque una cosa es descubrir un documento y otra muy distinta descubrir lo que ese documento puede demostrar.

¿Cuándo se descubre realmente un documento?

Un documento que ya estaba allí

En 2019 comencé a recorrer archivos.

Una de las fechas que puedo establecer documentalmente es el 25 de junio de 2019. Ese día consta, mediante el sello que conserva mi copia, mi consulta en el Archivo Militar de Defensa de Segovia, Sección GU-B10, donde obtuve documentación relativa a la Hoja de Servicios de mi padre.[2]

No fui allí pensando que algún día tendría que demostrar cuándo había encontrado cada papel. Iba a los archivos para saber qué había ocurrido, no para dejar constancia de que había estado allí.

Y entonces tampoco sabía que la documentación que me habían facilitado no agotaba todo lo conservado.

Años después, el 10 de septiembre de 2026, regresé al Archivo de Segovia tratando de aclarar precisamente algunas de las dudas que habían quedado abiertas. En esa nueva consulta obtuve otros documentos que no me habían sido facilitados en 2019. Entre ellos apareció una relación de documentación que había formado parte del expediente y en la que figuraba una acreditación de Licenciado en Derecho.[2]

La distinción es importante. No puedo afirmar que esa relación concreta estuviera entre los papeles que Ríos Carratalá había consultado años antes. Sí puedo afirmar algo mucho más sencillo: la documentación militar conservaba constancia de que aquella acreditación había existido.

Pero para demostrar los estudios de mi padre no necesitaba recurrir a ese indicio.

Existía una fuente mucho más directa: su expediente académico.

El expediente académico

Yo no necesitaba un expediente para saber que mi padre era licenciado en Derecho. Conservaba —y conservo— su título definitivo en casa.

Pero ahora necesitaba algo diferente: reconstruir documentalmente su trayectoria académica.

El expediente apareció con una facilidad que todavía hoy me resulta significativa. Su referencia archivística es RF 87-38; en él constan las fechas manuscrita de 28 de febrero de 1940 y sellada de 29 de febrero de 1940.[4]

No creo necesario reproducir aquí asignaturas, cursos o calificaciones. El expediente está publicado y puede consultarse.

Para la cuestión que nos ocupa basta un dato esencial:

Antonio Luis Baena Tocón había finalizado sus estudios de Derecho en junio de 1936, pocas semanas antes del comienzo de la Guerra Civil.[4]

No estamos, por tanto, ante alguien que después de la guerra tuviera que completar una carrera de la que sólo había cursado «dos o tres asignaturas». Estamos ante unos estudios terminados antes de que comenzara la guerra.

Ésa era la cuestión que necesitaba comprobar documentalmente.

Y estaba comprobada.

25 de junio de 2019

Ese mismo 25 de junio de 2019 ocurrió además algo que, visto desde hoy, resulta especialmente interesante.

Juan Antonio Ríos Carratalá me escribió aquella noche. En su correo me ofrecía «la localización del expediente militar» de mi padre y añadía:

«También le puedo mandar una transcripción del mismo».

En aquel mismo mensaje me pedía que, si disponía de documentación o información complementaria, se la facilitara «para corregir o ampliar mis trabajos».[3]

Para entonces yo había acudido personalmente a Segovia.

Por eso carece de interés convertir esta historia en una competición acerca de quién encontró antes determinado expediente. Los archivos no son una competición y los documentos no pertenecen a quien llega primero a ellos.

La cuestión verdaderamente importante es otra: qué información proporcionaban, cuándo estuvo disponible y qué ocurrió después.

De un archivo a Internet

En 2020 puse en marcha la página web dedicada a Antonio Luis Baena Tocón y comencé a publicar en ella la documentación que iba reuniendo.

No puedo precisar hoy el día exacto en que se incorporó cada documento. La web comenzó a funcionar probablemente en mayo de 2020 y, en cualquier caso, puedo afirmar con seguridad que la documentación académica estaba publicada durante aquel año.[5]

A partir de entonces se produjo un cambio importante.

El expediente ya no era solamente un documento que alguien pudiera localizar preguntando en el archivo adecuado.

Estaba públicamente accesible.

Esto introduce una diferencia que me parece esencial cuando hablamos de investigación histórica.

Una cosa es que un investigador desconozca un documento porque todavía no lo ha localizado.

Otra, que el documento haya sido localizado y publicado.

Y existe todavía una tercera situación: que ese documento sea aportado directamente a un procedimiento judicial en el que el investigador es parte.

Eso ocurrió también.

Documento 32

En 2020 se presentó la demanda judicial relacionada con las publicaciones sobre Antonio Luis Baena Tocón.

Entre la documentación aportada figuraba, como Documento 32, el «Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón como licenciado en Derecho y habilitación para el ejercicio de la abogacía».[6]

No estaba allí de manera accidental.

La demanda confrontaba expresamente ese expediente con los pasajes de Nos vemos en Chicote en los que se hablaba de las «dos o tres asignaturas», de los posteriores «exámenes patrióticos» y de las dudas acerca de la licenciatura.[6]

Cuando la demanda y la documentación que la acompañaba fueron trasladadas judicialmente a los codemandados, la situación volvió a cambiar.

Ya no se trataba de preguntar si alguien podía haber encontrado determinado expediente en un archivo.

Ni siquiera de si podía haberlo consultado en mi página web.

El documento formaba parte de un procedimiento judicial del que era parte el autor de aquellas afirmaciones.

No conozco —ni necesito conocer para esta reflexión— el día exacto en que Ríos Carratalá recibió materialmente aquella documentación. Lo relevante es que, producido el traslado judicial, ya no estamos hablando de una fuente desconocida cuya existencia hubiera que adivinar.

Y entonces la pregunta cambia.

Ya no es:

¿Por qué no encontró el documento?

La pregunta pasa a ser:

¿Qué ocurrió después de conocerlo?

Equivocarse y rectificar

Quiero detenerme aquí porque no pretendo establecer una regla para los demás que no esté dispuesto a aplicarme a mí mismo.

Durante estos años he encontrado documentos que confirmaban recuerdos familiares. Otros los han completado. Y algunos me han obligado a modificar cosas que creía saber.

Eso forma parte de cualquier investigación.

No buscaba documentos para que confirmaran mis recuerdos. Buscaba documentos para saber qué había ocurrido.

Por eso tampoco considero extraordinario que un historiador pueda equivocarse.

Puede consultar un expediente incompleto. Puede no localizar otro. Puede interpretar incorrectamente un dato. Puede formular una hipótesis que posteriormente resulte insostenible.

El error inicial no es lo que más me interesa de esta historia.

La cuestión verdaderamente interesante comienza cuando aparece el documento que permite comprobarlo.

El propio Ríos Carratalá escribió el 1 de agosto de 2019:

«Yo soy historiador y como tal estoy abierto a matizar, corregir o rectificar, pero sin imposiciones y bajo mi libertad de cátedra».[7]

La frase figura reproducida en la documentación del procedimiento.

Estoy de acuerdo en lo esencial: investigar también significa estar dispuesto a corregir.

Pero precisamente por eso surge otra pregunta:

¿Qué significa rectificar?

Diez años después: una nota al pie

Entre la primera edición de Nos vemos en Chicote, publicada por Editorial Renacimiento en 2015, y su tercera edición, publicada en 2025, transcurrieron diez años. Hubo una segunda edición en 2019.[1]

Entre la primera y la tercera ocurrieron muchas cosas.

Apareció documentación. Se localizaron expedientes. Se hicieron públicos. Se aportaron a un procedimiento judicial. Hubo años para contrastarlos y para modificar lo escrito si se consideraba necesario.

En la tercera edición existe una novedad que no pretendo ocultar y que, precisamente por ello, merece ser reproducida.

En la página 151, dentro del capítulo «La represión requiere colaboradores», aparece una nueva nota al pie, la número 10, en la que Ríos Carratalá reconoce que la información biográfica contiene «algunas inexactitudes que he rectificado». Remite a tres entradas de su blog Varietés y República, de 23 de enero de 2021, 3 de noviembre de 2024 y 8 de diciembre de 2024, y a dos artículos depositados en el Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante, fechados el 17 de octubre y el 8 de noviembre de 2024. También remite expresamente, como «visión contrapuesta», a esta misma web dedicada a Antonio Luis Baena Tocón.[9]

La nota existe.

Y debe constar.

Pero existe también otro hecho que considero igualmente necesario señalar: el relato principal de esas páginas sobre la formación jurídica de Antonio Luis Baena Tocón permanece en la tercera edición.[10]

Por eso no afirmo simplemente que no exista una rectificación. Lo que me pregunto es algo diferente:

¿qué se ha rectificado, dónde se ha rectificado y qué sigue leyendo el lector en el texto que acaba de ser nuevamente publicado?

Rectificar una nota, rectificar un relato

La distinción no me parece menor.

Durante años las afirmaciones relacionadas con mi padre no permanecieron encerradas entre las páginas de un libro.

Alcanzaron prensa escrita y digital, radio, televisión, entrevistas y redes sociales. La documentación aportada al procedimiento permite comprobar que su difusión trascendió ampliamente la obra original.[8]

Frente a esa dimensión pública, la tercera edición mantiene el cuerpo del relato e incorpora una nota al pie que reconoce genéricamente «algunas inexactitudes» y dirige al lector a otros textos.

No niego la existencia de esa nota.

Lo que cuestiono es su alcance como rectificación del relato que continúa publicándose.

Una remisión a otros trabajos puede informar al lector especialmente interesado de que el autor ha revisado posteriormente determinados extremos. Pero eso no responde por sí solo a otra cuestión: qué ocurre con las afirmaciones que continúa encontrando el lector en el cuerpo principal de una nueva edición.

No se trata de exigir que una rectificación recorra mecánicamente todos los periódicos, radios o televisiones por los que anteriormente circuló una información.

Se trata de algo más elemental:

que la corrección permita saber con claridad qué se afirmó, qué ha demostrado después la documentación y qué parte de aquello debe considerarse corregida.

Y la cuestión adquiere todavía mayor importancia cuando no hablamos de una simple reimpresión.

Hablamos de una nueva edición publicada diez años después.

Una reedición no viaja al pasado. Se publica con la documentación disponible en el momento de reeditarla.

Por eso 2025 no puede analizarse como si continuáramos en 2015.

El documento incómodo

Todos investigamos desde alguna perspectiva. Todos tenemos ideas previas y formulamos hipótesis. También quien escribe estas líneas.

El rigor histórico no consiste en carecer de ideas.

Consiste en estar dispuesto a someterlas a los documentos.

Y especialmente a los documentos que no nos dan la razón.

Por eso no me interesa discutir aquí la ideología de Juan Antonio Ríos Carratalá ni atribuirle intenciones que sólo él puede conocer.

Me interesa algo mucho más sencillo y comprobable:

qué escribió antes de conocer determinados documentos, qué documentación estuvo después a su disposición y qué continuó publicando una vez conocida.

El sesgo de una investigación no se demuestra simplemente señalando las ideas de su autor. Lo que sí puede examinarse es si las fuentes que contradicen una interpretación reciben el mismo rigor y la misma capacidad para modificarla que aquellas que la confirman.

Ese criterio vale para todos.

También para mí.

Si mañana apareciera un documento auténtico que contradijera algo que he escrito sobre mi padre, tendría que estudiarlo y, si demuestra mi error, corregirlo.

Ser hijo suyo no me exime de esa obligación.

Precisamente por serlo debo extremar la prudencia.

¿Quién descubre entonces la pólvora?

Durante estos años he aprendido que existen, al menos, tres maneras diferentes de «descubrir» un documento.

La primera es encontrar algo que realmente permanecía desconocido. Un documento que aporta información nueva y obliga a modificar lo que hasta entonces sabíamos.

La segunda consiste en localizar un documento que siempre estuvo en un archivo, pero que nadie había buscado allí o relacionado con determinada cuestión. El documento no es nuevo; lo nuevo es la pregunta que le hacemos.

Y existe una tercera posibilidad.

Que el documento ya haya sido localizado.

Que haya sido publicado.

Que haya sido aportado a un procedimiento judicial.

Que haya llegado a quienes sostenían una afirmación diferente.

Y que, años después, volvamos a encontrarnos ante el mismo problema.

Entonces quizá ya no estemos ante el descubrimiento de un documento.

Estamos ante la historia de lo que se hizo con él después de conocerlo.

Mi padre no puede responder

Hay una razón personal por la que he dedicado tantas horas a todo esto.

Antonio Luis Baena Tocón murió en 1998.

No puede explicar qué estudió, cómo transcurrió su servicio militar, qué hizo en el Juzgado Especial de Prensa ni responder a lo que posteriormente se haya escrito sobre él.

Tampoco pretendo sustituir su voz con la mía.

Quedan los documentos.

Y creo que mi obligación no consiste en conseguir que esos documentos digan lo que yo quisiera que dijeran, sino en intentar que digan exactamente lo que permiten demostrar.

Por eso esta entrada no nace de la pretensión de que nadie pueda escribir críticamente sobre mi padre.

Nace de algo mucho más elemental.

Si durante más de diez años se ha repetido una afirmación sobre una persona fallecida y posteriormente aparecen documentos que permiten comprobarla o corregirla, considero legítimo reconstruir cuándo aparecieron esos documentos, cuándo pudieron conocerse y qué ocurrió después con la historia que se había escrito.

Nada más.

Pero tampoco nada menos.

Porque, al final, ésta no es una historia sobre quién encontró primero un expediente.

Ni sobre quién tuvo razón antes.

Es una historia sobre qué hacemos cuando los documentos contradicen aquello que habíamos escrito.

Hay documentos que cambian la Historia. Y hay otros que sólo cambian la historia que alguien había contado.

Los primeros pueden obligarnos a cambiar lo que creíamos saber.

Los segundos deberían obligarnos, al menos, a cambiar lo que habíamos escrito.

Porque la pólvora no se descubre cada vez que alguien abre el cajón donde llevaba años guardada.


Notas

[1] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025, capítulo «La represión requiere colaboradores», especialmente pp. 150-152 y ss. En estos pasajes se encuentran las referencias a las «dos o tres asignaturas» de Derecho y a los posteriores «exámenes patrióticos». La documentación aportada posteriormente a la demanda confronta esas afirmaciones con el expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón.

[2] Archivo Militar de Defensa de Segovia, documentación de Antonio Luis Baena Tocón, Sección GU-B10. La copia conservada por el autor lleva sello fechado el 25 de junio de 2019. En una nueva consulta realizada personalmente el 10 de septiembre de 2026, el Archivo facilitó documentación adicional que no había sido entregada en la primera visita. Entre ella figura una relación de documentos anteriormente obrantes en el expediente, incluida una acreditación de Licenciado en Derecho. La presente entrada no presupone que esa relación concreta hubiera sido consultada anteriormente por Ríos Carratalá.

[3] Correo electrónico de Juan Antonio Ríos Carratalá a José Francisco Baena González, 25 de junio de 2019, 22:53. Ríos Carratalá ofrece «la localización del expediente militar» de Antonio Luis Baena Tocón y señala: «También le puedo mandar una transcripción del mismo». En el mismo correo solicita que se le facilite documentación o información complementaria «para corregir o ampliar mis trabajos».

[4] Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón, referencia RF 87-38; fecha manuscrita 28-02-1940 y sello de 29-02-1940. La documentación acredita la trayectoria académica y la finalización de los estudios de Derecho en junio de 1936, antes del comienzo de la Guerra Civil. Posteriormente fue incorporada al procedimiento civil como Documento 32.

[5] Documentación académica de Antonio Luis Baena Tocón publicada en la web dedicada a su figura durante 2020. Al no conservarse por el momento constancia que permita fijar con seguridad el día concreto de su primera publicación, se evita atribuirle en esta entrada una fecha más precisa.

[6] Demanda de protección civil del derecho al honor presentada en 2020 y documentación adjunta. El índice identifica como Documento 32 el «Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón como licenciado en Derecho y habilitación para el ejercicio de la abogacía». La demanda confronta expresamente dicho expediente con los pasajes de Nos vemos en Chicote relativos a las «dos o tres asignaturas», los «exámenes patrióticos» y la licenciatura.

[7] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio, publicación de 1 de agosto de 2019, reproducida en la documentación del procedimiento: «Yo soy historiador y como tal estoy abierto a matizar, corregir o rectificar, pero sin imposiciones y bajo mi libertad de cátedra».

[8] La documentación incorporada al procedimiento recoge la difusión de las informaciones relativas a Antonio Luis Baena Tocón a través de prensa escrita y digital, radio, televisión y redes sociales, además de distintas entrevistas y publicaciones. Para la finalidad de esta entrada no se considera necesario reproducir la extensa relación de medios.

[9] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, 3.ª edición, 2025, p. 151, nota 10. El autor reconoce que la información del apartado biográfico «incluye algunas inexactitudes que he rectificado» y remite a las entradas de Varietés y República de 23-I-2021, 3-XI-2024 y 8-XII-2024; a los trabajos «Aportaciones para la biografía del alférez Baena Tocón» (17-X-2024) y «Datos para la trayectoria del alférez Baena Tocón» (8-XI-2024), depositados en el Repositorio de la Universidad de Alicante; y, como «visión contrapuesta», a antonioluisbaenatocon.es. La nota anuncia asimismo que esos trabajos servirán de base para un capítulo posterior dedicado a Antonio Luis Baena Tocón.

[10] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025, capítulo «La represión requiere colaboradores», pp. 150 y ss. La comparación realizada para esta entrada se circunscribe a los pasajes relativos a Antonio Luis Baena Tocón y, especialmente, a su formación jurídica. La afirmación de que permanece el relato principal debe entenderse referida a esos pasajes concretos, no a la identidad íntegra de las tres ediciones.

Fuentes consultadas

Archivo Militar de Defensa de Segovia, Sección GU-B10. Documentación y Hoja de Servicios de Antonio Luis Baena Tocón; documentación complementaria obtenida el 10 de septiembre de 2026.

Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón, referencia RF 87-38. Documentación relativa a sus estudios de Derecho y titulación.

Correspondencia electrónica entre Juan Antonio Ríos Carratalá y José Francisco Baena González, 2019.

Demanda y documentación aportada al procedimiento civil, especialmente Documento 32.

— RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025, especialmente capítulo «La represión requiere colaboradores», pp. 150 y ss.

— RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: publicaciones citadas en la nota 10, p. 151, de la tercera edición de Nos vemos en Chicote: entradas de Varietés y República de 23-I-2021, 3-XI-2024 y 8-XII-2024, y trabajos depositados en el Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante de 17-X-2024 y 8-XI-2024.

antonioluisbaenatocon.es, documentación académica y documental publicada desde 2020.

lunes, 7 de septiembre de 2026

Los documentos que una familia no sabía que debía conservar

 Cuando los papeles de una casa terminan convirtiéndose en Historia


Lunes, 7 de septiembre de 2026


Mi padre era un hombre ordenado. Lo era también con sus papeles.

En un mueble de casa tenía lo que hoy, mirándolo con otros ojos, podría llamar su pequeño archivo familiar. Carpetas con documentos administrativos, títulos, asuntos profesionales, papeles bancarios, facturas, cuestiones médicas, estudios de sus hijos, el libro de familia y tantas otras cosas que se guardaban entonces en cualquier casa, cuando casi todo dependía todavía del papel.

Yo curioseé alguna vez aquellas carpetas. No porque buscara nada especial ni porque imaginara que contenían documentos históricos. Eran, sencillamente, los papeles de mi padre. Él mismo los revisaba, los actualizaba y eliminaba aquello que consideraba que ya no tenía utilidad. Nadie podía sospechar que, muchos años después, algunos de aquellos papeles adquirirían un significado completamente distinto.

Recuerdo, por ejemplo, haber tenido en mis manos un documento que el jurista y catedrático de Derecho Penal Luis Jiménez de Asúa había facilitado a mi padre en Madrid durante la Guerra Civil.[1] Tras el asesinato de su padre —mi abuelo Francisco Baena Jiménez—, mi padre se encontraba en una situación de grave peligro.[2] Jiménez de Asúa, que conocía a mi abuelo, le proporcionó aquel escrito para que pudiera identificarse o desenvolverse con alguna seguridad por Madrid.

Yo vi aquel documento muchos años después. Entonces me pareció poco más que un papel antiguo guardado dentro de una carpeta. En casa apenas se hablaba de la guerra. No porque existiera prohibición alguna de hacerlo, sino porque para nosotros aquellas eran cosas de otra época, episodios de un pasado que parecía definitivamente dejado atrás.

Quizá por eso tampoco supe ver entonces la importancia de aquel papel. Lo contemplaba con la curiosidad con que podía mirar cualquier otro documento antiguo de mi padre, sin imaginar que algún día desearía conocer exactamente qué decía, quién lo había firmado y por qué había tenido que llevarlo consigo.

La memoria familiar conservó, además, un episodio que permite comprender para qué podía necesitar aquel documento. No lo conozco únicamente por referencias posteriores: recuerdo habérselo oído contar personalmente a mi padre. En una ocasión fue detenido en Madrid y mostró a quienes lo habían parado el escrito que le había facilitado Jiménez de Asúa. Según relataba, le contestaron que «rezara porque le iban a dar el paseo». Consiguió escapar y acabó refugiándose en la Embajada de Chile.[3]

Lo curioso es que mi padre no relataba aquel episodio con especial dramatismo. Incluso recuerdo que se reía al contar la respuesta que había recibido. Quizá también por eso, muchos años después, cuando tuve aquel documento entre mis manos, no fui capaz de verlo como lo contemplaría hoy. Para mí seguía siendo uno de aquellos papeles antiguos de mi padre, perteneciente a una época de la que en casa apenas se hablaba.

Años después encontré además el episodio recogido por escrito en una carta de uno de sus hermanos.[3] Ese testimonio familiar, como cualquier recuerdo reconstruido con el paso del tiempo, debe ser contrastado en cuanto sea posible con otras fuentes. Pero en este caso venía a recoger por escrito algo que yo ya había escuchado directamente de mi padre.

Hoy no sé dónde está aquel documento.

Algo parecido ocurrió con un trabajo que mi padre realizó años después en la Escuela de Comercio. Recuerdo incluso haberlo leído siendo ya joven. Había permanecido durante años en un cuarto trastero junto a otros papeles y libros. Con el paso del tiempo y después de la muerte de mi padre, terminó desapareciendo, como tantas cosas que una familia deja de conservar porque nadie encuentra ya una razón para hacerlo.

Muchos años después encontré una referencia publicada a aquel trabajo que lo calificaba como una «monografía de improbable lectura».[4] La expresión no dejó de resultarme paradójica: aquella monografía que parecía improbable que alguien hubiera leído, yo recordaba haberla tenido entre mis manos y haberla leído. Pero ya no podía volver a ella para comprobar con precisión su contenido.

Una vez más, quedaba el recuerdo; faltaba el documento.

No puedo presentar hoy ninguno de esos dos documentos.

Y esa circunstancia obliga a establecer una diferencia que considero importante: una cosa es recordar que un documento existió y otra poder demostrar hoy lo que decía.

Mi recuerdo puede formar parte del relato familiar. Puede incluso proporcionar una pista para intentar localizar otras fuentes. Pero no puede sustituir al documento desaparecido.

Otros papeles, afortunadamente, sí sobrevivieron.

Entre ellos está el título de Licenciado en Derecho de mi padre. Lo conservo y lo tengo colgado en la habitación donde trabajo. Nunca tuve duda de que había terminado la carrera. Lo que durante mucho tiempo no supe precisar —porque tampoco había tenido necesidad de hacerlo— era cuándo exactamente había concluido sus estudios.

Fueron las afirmaciones publicadas muchos años después sobre su formación académica las que me llevaron a investigar algo que hasta entonces, para mí, no había constituido ningún problema. Y así llegué a su expediente académico, que permitió establecer documentalmente que había terminado la carrera de Derecho en junio de 1936.[5]

Se produjo entonces una situación difícil de olvidar: mientras leía que apenas habría aprobado «dos o tres asignaturas» de Derecho o encontraba referencias a los denominados «exámenes patrióticos»,[6] bastaba levantar la vista para encontrar en la pared su título de Licenciado en Derecho.

Pero la búsqueda no podía detenerse en lo que conservábamos en casa. Había que acudir a los archivos, reconstruir su trayectoria y comprobar documentalmente aquello que la familia siempre había dado por sabido.

Y buscando fueron apareciendo expedientes académicos, documentación militar y administrativa, registros civiles, archivos eclesiásticos, documentos conservados por particulares y testimonios de personas que todavía podían aportar recuerdos de aquellos años.[7] Algunas cosas confirmaron recuerdos familiares; otras permitieron precisarlos o corregirlos; y también aparecieron datos que nosotros mismos desconocíamos.

Comprendí entonces algo que nunca había pensado que tendría que aprender:

el archivo público acaba, a veces, reconstruyendo el archivo familiar que el tiempo deshizo.

Aunque, en realidad, no sólo el archivo público: también un libro parroquial, una carpeta conservada por un particular, una carta olvidada dentro de un libro o el recuerdo de quien todavía podía contar lo que había vivido podían proporcionar una pista que después había que comprobar.

Y comprendí también algo quizá más importante. Si reclamamos rigor cuando alguien escribe sobre la vida de otra persona, debemos aplicarnos ese mismo rigor cuando hablamos nosotros.

No sería correcto afirmar: «Yo recuerdo aquel documento; por tanto, lo que recuerdo queda demostrado».

No.

Puedo decir que recuerdo haberlo tenido en mis manos. Puedo explicar qué significado tenía en la memoria de mi familia. Puedo buscar otros testimonios y documentos que permitan comprobar aquella historia. Pero, si el original ha desaparecido y no dispongo de una copia, debo decirlo.

La memoria puede señalar un camino; los documentos permiten comprobar hasta dónde conduce.

Quizá por eso resulta tan difícil explicar lo que sucede cuando, décadas después de la muerte de una persona, determinados episodios de su vida empiezan a ser discutidos públicamente. La familia vuelve entonces sobre sus propios recuerdos y comienza a hacerse preguntas que nunca creyó que tendría que formular:

¿Dónde estaba aquel papel? ¿En qué carpeta se guardaba? ¿Quién pudo conservarlo? ¿Qué ocurrió con aquella caja de documentos? ¿Por qué no guardamos aquello?

La respuesta es mucho más sencilla de lo que parece.

Porque no sabíamos que tendríamos que hacerlo.

Aquellas carpetas no se habían formado pensando en historiadores, archivos, libros, controversias ni investigaciones futuras. Eran los documentos que una persona ordenada consideraba necesario conservar para su vida y la de su familia.

Algunos sobrevivieron.

Otros se perdieron.

Y algunos han tenido que ser reconstruidos, muchos años después, siguiendo las huellas que dejaron en archivos, libros, cartas y testimonios que ni siquiera sabíamos que existían.

No sabíamos que aquellos papeles eran Historia. Para nosotros eran solamente la vida de nuestro padre.

Sólo muchos años después descubrimos que alguien iba a pedirles que hablaran.

Y algunos ya no estaban.



Notas y fuentes

[1] Documento de Luis Jiménez de Asúa.
Testimonio personal del autor de esta entrada. Recuerdo haber visto y tenido en mis manos el documento que mi padre atribuía a Luis Jiménez de Asúa, así como haber oído directamente a mi padre relatar el episodio en el que lo mostró al ser detenido. Actualmente no dispongo del original ni de copia y no he podido localizarlo. Su existencia y las circunstancias de su entrega aparecen también referidas en una carta de Francisco Baena Tocón, hermano de Antonio Luis, fechada en Sevilla el 6 de septiembre de 1994. Al tratarse de un documento actualmente no localizado, su contenido exacto no se presenta aquí como documentalmente acreditado.

[2] Francisco Baena Jiménez.
La muerte de Francisco Baena Jiménez consta por distintas vías documentales. El Registro Civil de Torrelaguna conserva una inscripción practicada el 17 de mayo de 1939, por orden del Juez Militar de Torrelaguna, en la que consta su fallecimiento violento en dicha localidad el 7 de agosto de 1936. La certificación literal de ese asiento fue expedida por el Registro Civil de Torrelaguna el 27 de noviembre de 2019.

El Archivo de la Parroquia de Santa María Magdalena de Torrelaguna conserva asimismo un asiento fechado el 11 de abril de 1939, relativo a la inhumación o sepultura eclesiástica de Francisco Baena Jiménez, en el que se recoge igualmente su muerte violenta en Torrelaguna el 7 de agosto de 1936.

A ello se suma la documentación de la Causa General relativa a Torrelaguna conservada en el Archivo Histórico Nacional (AHN, CG, 1510, exp. 3), reproducida también a través del Portal de Archivos Españoles (PARES).

Véase asimismo: Roberto Fernández Suárez y otros, La sierra convulsa. Segunda República, Guerra Civil y Primer Franquismo al Norte de Madrid, 3.ª ed., Círculo Rojo, septiembre de 2016, cuadro 42, p. 257 y ss. ISBN: 978-84-9140-469-9; depósito legal: AL 1442-2016.

[3] Detención, documento de Jiménez de Asúa y refugio en la Embajada de Chile.
El episodio de la detención y exhibición del documento facilitado por Luis Jiménez de Asúa procede, en primer término, del testimonio personal del autor de esta entrada, que recuerda haber oído relatar directamente a Antonio Luis Baena Tocón la exhibición del escrito y la respuesta de quienes lo habían detenido. El núcleo del episodio aparece asimismo en la carta de Francisco Baena Tocón de 6 de septiembre de 1994, donde se relata la entrega del documento por Jiménez de Asúa y la posterior detención, exhibición del escrito y amenaza recibida.

La presencia posterior de Antonio Luis Baena Tocón entre los asilados bajo protección chilena cuenta además con una referencia documental independiente. Juan Antonio Ríos Carratalá señala que «la firma de ALBT figura entre los asilados bajo la protección de Carlos Morla Lynch en un documento del 11 de septiembre de 1938» (Nos vemos en Chicote, p. 154, en las tres ediciones consultadas), remitiendo a Morla Lynch (2010, p. 590). Esta última se consigna como referencia indirecta, mientras no se haya comprobado directamente la fuente citada de Morla Lynch.

[4] «Monografía de improbable lectura».
Juan Antonio Ríos Carratalá, Nos vemos en Chicote, p. 153 de las tres ediciones consultadas, califica como «monografía de improbable lectura» el trabajo de Antonio Luis Baena Tocón Consideraciones sobre el plan de desarrollo con referencia a la Administración Local (Madrid, Instituto de Estudios de Administración Local, 1965). La afirmación de haber tenido personalmente ese trabajo entre mis manos y haberlo leído corresponde al recuerdo del autor de esta entrada. El ejemplar familiar no ha podido ser localizado.

[5] Licenciatura en Derecho.
Universidad Central/Universidad de Madrid, Facultad de Derecho, «Expediente académico para la expedición del Título provisional de Licenciado» de Antonio Luis Baena Tocón. El expediente conserva la relación de asignaturas cursadas y aprobadas durante la Licenciatura, con indicación de cursos, universidades, convocatorias y calificaciones. La documentación académica permite reconstruir su trayectoria hasta la conclusión de los estudios de Derecho en junio de 1936.

En 1940 Antonio Luis Baena Tocón solicitó la expedición del título provisional de Licenciado, haciendo constar que había «terminado todos los estudios» requeridos para obtenerlo. La portada del expediente identifica expresamente la tramitación como «Expediente académico para la expedición del Título provisional de Licenciado» a su favor. El título de Licenciado en Derecho se conserva actualmente en el archivo familiar.

[6] «Dos o tres asignaturas» y «exámenes patrióticos».
Juan Antonio Ríos Carratalá, Nos vemos en Chicote, p. 151, afirma, en las tres ediciones consultadas, que Antonio Luis Baena Tocón sólo habría aprobado «dos o tres asignaturas» de Derecho. En la p. 152 de esas mismas ediciones aparece asimismo la referencia a los denominados «exámenes patrióticos». Estas afirmaciones fueron posteriormente contrastadas con el expediente académico oficial, que contiene la relación de las asignaturas cursadas y aprobadas.

[7] Fuentes utilizadas en la reconstrucción.
La investigación realizada posteriormente no se ha limitado a documentación conservada por la familia. Se han consultado, entre otras fuentes, expedientes académicos; archivos y documentación militar; documentación administrativa; registros civiles; documentación del Archivo Histórico Nacional y del Portal de Archivos Españoles (PARES); archivos eclesiásticos; documentación conservada por particulares; y testimonios orales de personas que pudieron aportar recuerdos o información sobre determinados acontecimientos.


La naturaleza y el valor probatorio de esas fuentes no se consideran equivalentes: sus datos se han contrastado, siempre que ha sido posible, con documentación independiente.

Nota sobre las fuentes

En esta entrada se distinguen deliberadamente los recuerdos personales, los testimonios familiares y los hechos respaldados por documentación conservada. Cuando un documento mencionado no ha podido ser localizado, se indica expresamente. Del mismo modo, un testimonio familiar puede proporcionar información valiosa y orientar una investigación, pero no se utiliza como sustituto de una fuente documental cuando ésta resulta necesaria.

La memoria puede señalar un camino; los documentos permiten comprobar hasta dónde conduce.

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