Cuando encontrar un documento no es lo mismo que
descubrir lo que dice
Miércoles, 23 de septiembre de 2926
La primera vez que descubrí que mi padre era
licenciado en Derecho llevaba toda mi vida sabiéndolo.
El título estaba allí, colgado en la pared. Yo lo
había visto innumerables veces. Sabía que mi padre había estudiado Derecho, que
había terminado la carrera y que había ejercido profesionalmente como
licenciado.
Lo que nunca había imaginado era que llegaría un
día en que tendría que demostrar documentalmente algo que para nosotros nunca
había sido objeto de duda.
Todo empezó cuando encontré en Internet unas
afirmaciones sobre mi padre que apenas reconocía. Seguí buscando y llegué a Nos
vemos en Chicote y a otros trabajos de Juan Antonio Ríos Carratalá. Allí no
sólo encontré una interpretación de determinados episodios de su vida que me
resultaba completamente ajena. Encontré también afirmaciones concretas que
podían comprobarse.
Una de ellas afectaba precisamente a sus estudios
de Derecho.
En Nos vemos en Chicote se decía que en el
expediente de Antonio Luis Baena Tocón sólo constaba el bachillerato y que
había cursado «dos o tres asignaturas» de Derecho. En las páginas siguientes
aparecía además la hipótesis de unos «exámenes patrióticos» realizados después
de la Guerra Civil.[1]
Yo sabía que aquello no concordaba con la
historia de mi padre.
Pero saberlo no era suficiente.
Había que demostrarlo.
Y así comenzó una experiencia que acabaría
repitiéndose muchas veces durante los años siguientes: buscar documentos
para demostrar cosas que creía saber y terminar encontrando, junto a ellas,
otras que desconocía por completo.
Porque una cosa es descubrir un documento y otra
muy distinta descubrir lo que ese documento puede demostrar.
¿Cuándo se descubre realmente un documento?
Un documento
que ya estaba allí
En 2019 comencé a recorrer archivos.
Una de las fechas que puedo establecer
documentalmente es el 25 de junio de 2019. Ese día consta, mediante el
sello que conserva mi copia, mi consulta en el Archivo Militar de Defensa de
Segovia, Sección GU-B10, donde obtuve documentación relativa a la Hoja de
Servicios de mi padre.[2]
No fui allí pensando que algún día tendría que
demostrar cuándo había encontrado cada papel. Iba a los archivos para saber qué
había ocurrido, no para dejar constancia de que había estado allí.
Y entonces tampoco sabía que la documentación que
me habían facilitado no agotaba todo lo conservado.
Años después, el 10 de septiembre de 2026,
regresé al Archivo de Segovia tratando de aclarar precisamente algunas de las
dudas que habían quedado abiertas. En esa nueva consulta obtuve otros
documentos que no me habían sido facilitados en 2019. Entre ellos apareció una
relación de documentación que había formado parte del expediente y en la que
figuraba una acreditación de Licenciado en Derecho.[2]
La distinción es importante. No puedo afirmar que
esa relación concreta estuviera entre los papeles que Ríos Carratalá había
consultado años antes. Sí puedo afirmar algo mucho más sencillo: la documentación
militar conservaba constancia de que aquella acreditación había existido.
Pero para demostrar los estudios de mi padre no
necesitaba recurrir a ese indicio.
Existía una fuente mucho más directa: su
expediente académico.
El expediente
académico
Yo no necesitaba un expediente para saber que mi
padre era licenciado en Derecho. Conservaba —y conservo— su título definitivo
en casa.
Pero ahora necesitaba algo diferente: reconstruir
documentalmente su trayectoria académica.
El expediente apareció con una facilidad que
todavía hoy me resulta significativa. Su referencia archivística es RF 87-38;
en él constan las fechas manuscrita de 28 de febrero de 1940 y sellada de 29 de
febrero de 1940.[4]
No creo necesario reproducir aquí asignaturas,
cursos o calificaciones. El expediente está publicado y puede consultarse.
Para la cuestión que nos ocupa basta un dato
esencial:
Antonio Luis Baena Tocón había finalizado sus
estudios de Derecho en junio de 1936, pocas semanas antes del comienzo de la
Guerra Civil.[4]
No estamos, por tanto, ante alguien que después
de la guerra tuviera que completar una carrera de la que sólo había cursado
«dos o tres asignaturas». Estamos ante unos estudios terminados antes de que
comenzara la guerra.
Ésa era la cuestión que necesitaba comprobar
documentalmente.
Y estaba comprobada.
25 de junio de
2019
Ese mismo 25 de junio de 2019 ocurrió
además algo que, visto desde hoy, resulta especialmente interesante.
Juan Antonio Ríos Carratalá me escribió aquella
noche. En su correo me ofrecía «la localización del expediente militar» de mi
padre y añadía:
«También le puedo mandar una transcripción del
mismo».
En aquel mismo mensaje me pedía que, si disponía
de documentación o información complementaria, se la facilitara «para corregir
o ampliar mis trabajos».[3]
Para entonces yo había acudido personalmente a
Segovia.
Por eso carece de interés convertir esta historia
en una competición acerca de quién encontró antes determinado expediente. Los
archivos no son una competición y los documentos no pertenecen a quien llega
primero a ellos.
La cuestión verdaderamente importante es otra:
qué información proporcionaban, cuándo estuvo disponible y qué ocurrió después.
De un archivo
a Internet
En 2020 puse en marcha la página web dedicada a
Antonio Luis Baena Tocón y comencé a publicar en ella la documentación que iba
reuniendo.
No puedo precisar hoy el día exacto en que se
incorporó cada documento. La web comenzó a funcionar probablemente en mayo de
2020 y, en cualquier caso, puedo afirmar con seguridad que la documentación
académica estaba publicada durante aquel año.[5]
A partir de entonces se produjo un cambio
importante.
El expediente ya no era solamente un documento
que alguien pudiera localizar preguntando en el archivo adecuado.
Estaba públicamente accesible.
Esto introduce una diferencia que me parece
esencial cuando hablamos de investigación histórica.
Una cosa es que un investigador desconozca un
documento porque todavía no lo ha localizado.
Otra, que el documento haya sido localizado y
publicado.
Y existe todavía una tercera situación: que ese
documento sea aportado directamente a un procedimiento judicial en el que el
investigador es parte.
Eso ocurrió también.
Documento 32
En 2020 se presentó la demanda judicial
relacionada con las publicaciones sobre Antonio Luis Baena Tocón.
Entre la documentación aportada figuraba, como Documento
32, el «Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón como licenciado en
Derecho y habilitación para el ejercicio de la abogacía».[6]
No estaba allí de manera accidental.
La demanda confrontaba expresamente ese
expediente con los pasajes de Nos vemos en Chicote en los que se hablaba
de las «dos o tres asignaturas», de los posteriores «exámenes patrióticos» y de
las dudas acerca de la licenciatura.[6]
Cuando la demanda y la documentación que la
acompañaba fueron trasladadas judicialmente a los codemandados, la situación
volvió a cambiar.
Ya no se trataba de preguntar si alguien podía
haber encontrado determinado expediente en un archivo.
Ni siquiera de si podía haberlo consultado en mi
página web.
El documento formaba parte de un procedimiento
judicial del que era parte el autor de aquellas afirmaciones.
No conozco —ni necesito conocer para esta
reflexión— el día exacto en que Ríos Carratalá recibió materialmente aquella
documentación. Lo relevante es que, producido el traslado judicial, ya no
estamos hablando de una fuente desconocida cuya existencia hubiera que
adivinar.
Y entonces la pregunta cambia.
Ya no es:
¿Por qué no encontró el documento?
La pregunta pasa a ser:
¿Qué ocurrió después de conocerlo?
Equivocarse y
rectificar
Quiero detenerme aquí porque no pretendo
establecer una regla para los demás que no esté dispuesto a aplicarme a mí
mismo.
Durante estos años he encontrado documentos que
confirmaban recuerdos familiares. Otros los han completado. Y algunos me han
obligado a modificar cosas que creía saber.
Eso forma parte de cualquier investigación.
No buscaba documentos para que confirmaran mis
recuerdos. Buscaba documentos para saber qué había ocurrido.
Por eso tampoco considero extraordinario que un
historiador pueda equivocarse.
Puede consultar un expediente incompleto. Puede
no localizar otro. Puede interpretar incorrectamente un dato. Puede formular
una hipótesis que posteriormente resulte insostenible.
El error inicial no es lo que más me interesa de
esta historia.
La cuestión verdaderamente interesante comienza cuando
aparece el documento que permite comprobarlo.
El propio Ríos Carratalá escribió el 1 de agosto
de 2019:
«Yo soy historiador y como tal estoy abierto a
matizar, corregir o rectificar, pero sin imposiciones y bajo mi libertad de
cátedra».[7]
La frase figura reproducida en la documentación
del procedimiento.
Estoy de acuerdo en lo esencial: investigar
también significa estar dispuesto a corregir.
Pero precisamente por eso surge otra pregunta:
¿Qué significa rectificar?
Diez años
después: una nota al pie
Entre la primera edición de Nos vemos en
Chicote, publicada por Editorial Renacimiento en 2015, y su tercera
edición, publicada en 2025, transcurrieron diez años. Hubo una segunda edición
en 2019.[1]
Entre la primera y la tercera ocurrieron muchas
cosas.
Apareció documentación. Se localizaron
expedientes. Se hicieron públicos. Se aportaron a un procedimiento judicial.
Hubo años para contrastarlos y para modificar lo escrito si se consideraba
necesario.
En la tercera edición existe una novedad que no
pretendo ocultar y que, precisamente por ello, merece ser reproducida.
En la página 151, dentro del capítulo «La
represión requiere colaboradores», aparece una nueva nota al pie, la número 10,
en la que Ríos Carratalá reconoce que la información biográfica contiene
«algunas inexactitudes que he rectificado». Remite a tres entradas de su blog Varietés
y República, de 23 de enero de 2021, 3 de noviembre de 2024 y 8 de
diciembre de 2024, y a dos artículos depositados en el Repositorio
Institucional de la Universidad de Alicante, fechados el 17 de octubre y el 8
de noviembre de 2024. También remite expresamente, como «visión contrapuesta»,
a esta misma web dedicada a Antonio Luis Baena Tocón.[9]
La nota existe.
Y debe constar.
Pero existe también otro hecho que considero
igualmente necesario señalar: el relato principal de esas páginas sobre la
formación jurídica de Antonio Luis Baena Tocón permanece en la tercera edición.[10]
Por eso no afirmo simplemente que no exista una
rectificación. Lo que me pregunto es algo diferente:
¿qué se ha rectificado, dónde se ha rectificado y
qué sigue leyendo el lector en el texto que acaba de ser nuevamente publicado?
Rectificar una
nota, rectificar un relato
La distinción no me parece menor.
Durante años las afirmaciones relacionadas con mi
padre no permanecieron encerradas entre las páginas de un libro.
Alcanzaron prensa escrita y digital, radio,
televisión, entrevistas y redes sociales. La documentación aportada al
procedimiento permite comprobar que su difusión trascendió ampliamente la obra
original.[8]
Frente a esa dimensión pública, la tercera edición
mantiene el cuerpo del relato e incorpora una nota al pie que reconoce
genéricamente «algunas inexactitudes» y dirige al lector a otros textos.
No niego la existencia de esa nota.
Lo que cuestiono es su alcance como rectificación
del relato que continúa publicándose.
Una remisión a otros trabajos puede informar al
lector especialmente interesado de que el autor ha revisado posteriormente
determinados extremos. Pero eso no responde por sí solo a otra cuestión: qué
ocurre con las afirmaciones que continúa encontrando el lector en el cuerpo
principal de una nueva edición.
No se trata de exigir que una rectificación
recorra mecánicamente todos los periódicos, radios o televisiones por los que
anteriormente circuló una información.
Se trata de algo más elemental:
que la corrección permita saber con claridad qué
se afirmó, qué ha demostrado después la documentación y qué parte de aquello
debe considerarse corregida.
Y la cuestión adquiere todavía mayor importancia
cuando no hablamos de una simple reimpresión.
Hablamos de una nueva edición publicada diez años
después.
Una reedición no viaja al pasado. Se publica con
la documentación disponible en el momento de reeditarla.
Por eso 2025 no puede analizarse como si
continuáramos en 2015.
El documento
incómodo
Todos investigamos desde alguna perspectiva.
Todos tenemos ideas previas y formulamos hipótesis. También quien escribe estas
líneas.
El rigor histórico no consiste en carecer de
ideas.
Consiste en estar dispuesto a someterlas a los
documentos.
Y especialmente a los documentos que no nos dan
la razón.
Por eso no me interesa discutir aquí la ideología
de Juan Antonio Ríos Carratalá ni atribuirle intenciones que sólo él puede
conocer.
Me interesa algo mucho más sencillo y
comprobable:
qué escribió antes de conocer determinados
documentos, qué documentación estuvo después a su disposición y qué continuó
publicando una vez conocida.
El sesgo de una investigación no se demuestra
simplemente señalando las ideas de su autor. Lo que sí puede examinarse es si
las fuentes que contradicen una interpretación reciben el mismo rigor y la
misma capacidad para modificarla que aquellas que la confirman.
Ese criterio vale para todos.
También para mí.
Si mañana apareciera un documento auténtico que
contradijera algo que he escrito sobre mi padre, tendría que estudiarlo y, si
demuestra mi error, corregirlo.
Ser hijo suyo no me exime de esa obligación.
Precisamente por serlo debo extremar la
prudencia.
¿Quién
descubre entonces la pólvora?
Durante estos años he aprendido que existen, al menos,
tres maneras diferentes de «descubrir» un documento.
La primera es encontrar algo que realmente
permanecía desconocido. Un documento que aporta información nueva y obliga a
modificar lo que hasta entonces sabíamos.
La segunda consiste en localizar un documento que
siempre estuvo en un archivo, pero que nadie había buscado allí o relacionado
con determinada cuestión. El documento no es nuevo; lo nuevo es la pregunta
que le hacemos.
Y existe una tercera posibilidad.
Que el documento ya haya sido localizado.
Que haya sido publicado.
Que haya sido aportado a un procedimiento
judicial.
Que haya llegado a quienes sostenían una
afirmación diferente.
Y que, años después, volvamos a encontrarnos ante
el mismo problema.
Entonces quizá ya no estemos ante el descubrimiento
de un documento.
Estamos ante la historia de lo que se hizo con
él después de conocerlo.
Mi padre no
puede responder
Hay una razón personal por la que he dedicado
tantas horas a todo esto.
Antonio Luis Baena Tocón murió en 1998.
No puede explicar qué estudió, cómo transcurrió
su servicio militar, qué hizo en el Juzgado Especial de Prensa ni responder a
lo que posteriormente se haya escrito sobre él.
Tampoco pretendo sustituir su voz con la mía.
Quedan los documentos.
Y creo que mi obligación no consiste en conseguir
que esos documentos digan lo que yo quisiera que dijeran, sino en intentar que digan
exactamente lo que permiten demostrar.
Por eso esta entrada no nace de la pretensión de
que nadie pueda escribir críticamente sobre mi padre.
Nace de algo mucho más elemental.
Si durante más de diez años se ha repetido una
afirmación sobre una persona fallecida y posteriormente aparecen documentos que
permiten comprobarla o corregirla, considero legítimo reconstruir cuándo aparecieron
esos documentos, cuándo pudieron conocerse y qué ocurrió después con la
historia que se había escrito.
Nada más.
Pero tampoco nada menos.
Porque, al final, ésta no es una historia sobre
quién encontró primero un expediente.
Ni sobre quién tuvo razón antes.
Es una historia sobre qué hacemos cuando los
documentos contradicen aquello que habíamos escrito.
Hay documentos que cambian la Historia. Y hay
otros que sólo cambian la historia que alguien había contado.
Los primeros pueden obligarnos a cambiar lo que
creíamos saber.
Los segundos deberían obligarnos, al menos, a
cambiar lo que habíamos escrito.
Porque la pólvora no se descubre cada vez que
alguien abre el cajón donde llevaba años guardada.
Notas
[1] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en
Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025,
capítulo «La represión requiere colaboradores», especialmente pp. 150-152 y ss.
En estos pasajes se encuentran las referencias a las «dos o tres asignaturas»
de Derecho y a los posteriores «exámenes patrióticos». La documentación
aportada posteriormente a la demanda confronta esas afirmaciones con el
expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón.
[2] Archivo Militar de Defensa de Segovia,
documentación de Antonio Luis Baena Tocón, Sección GU-B10. La copia
conservada por el autor lleva sello fechado el 25 de junio de 2019. En
una nueva consulta realizada personalmente el 10 de septiembre de 2026,
el Archivo facilitó documentación adicional que no había sido entregada en la
primera visita. Entre ella figura una relación de documentos anteriormente
obrantes en el expediente, incluida una acreditación de Licenciado en Derecho.
La presente entrada no presupone que esa relación concreta hubiera sido
consultada anteriormente por Ríos Carratalá.
[3] Correo electrónico de Juan Antonio Ríos
Carratalá a José Francisco Baena González, 25 de junio de 2019, 22:53.
Ríos Carratalá ofrece «la localización del expediente militar» de Antonio Luis
Baena Tocón y señala: «También le puedo mandar una transcripción del mismo». En
el mismo correo solicita que se le facilite documentación o información
complementaria «para corregir o ampliar mis trabajos».
[4] Expediente académico de Antonio Luis Baena
Tocón, referencia RF 87-38; fecha manuscrita 28-02-1940 y sello de
29-02-1940. La documentación acredita la trayectoria académica y la
finalización de los estudios de Derecho en junio de 1936, antes del
comienzo de la Guerra Civil. Posteriormente fue incorporada al procedimiento
civil como Documento 32.
[5] Documentación académica de Antonio Luis Baena
Tocón publicada en la web dedicada a su figura durante 2020. Al no
conservarse por el momento constancia que permita fijar con seguridad el día
concreto de su primera publicación, se evita atribuirle en esta entrada una
fecha más precisa.
[6] Demanda de protección civil del derecho al honor
presentada en 2020 y documentación adjunta. El índice identifica como Documento
32 el «Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón como licenciado en
Derecho y habilitación para el ejercicio de la abogacía». La demanda confronta
expresamente dicho expediente con los pasajes de Nos vemos en Chicote
relativos a las «dos o tres asignaturas», los «exámenes patrióticos» y la
licenciatura.
[7] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio, publicación de 1
de agosto de 2019, reproducida en la documentación del procedimiento: «Yo
soy historiador y como tal estoy abierto a matizar, corregir o rectificar, pero
sin imposiciones y bajo mi libertad de cátedra».
[8] La documentación incorporada al procedimiento
recoge la difusión de las informaciones relativas a Antonio Luis Baena Tocón a
través de prensa escrita y digital, radio, televisión y redes sociales, además
de distintas entrevistas y publicaciones. Para la finalidad de esta entrada no
se considera necesario reproducir la extensa relación de medios.
[9] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en
Chicote, Editorial Renacimiento, 3.ª edición, 2025, p. 151, nota 10.
El autor reconoce que la información del apartado biográfico «incluye algunas
inexactitudes que he rectificado» y remite a las entradas de Varietés y
República de 23-I-2021, 3-XI-2024 y 8-XII-2024; a los trabajos
«Aportaciones para la biografía del alférez Baena Tocón» (17-X-2024) y «Datos
para la trayectoria del alférez Baena Tocón» (8-XI-2024), depositados en el
Repositorio de la Universidad de Alicante; y, como «visión contrapuesta», a
antonioluisbaenatocon.es. La nota anuncia asimismo que esos trabajos servirán
de base para un capítulo posterior dedicado a Antonio Luis Baena Tocón.
[10] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en
Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025,
capítulo «La represión requiere colaboradores», pp. 150 y ss. La comparación
realizada para esta entrada se circunscribe a los pasajes relativos a Antonio
Luis Baena Tocón y, especialmente, a su formación jurídica. La afirmación de
que permanece el relato principal debe entenderse referida a esos pasajes
concretos, no a la identidad íntegra de las tres ediciones.
Fuentes
consultadas
— Archivo Militar de Defensa de Segovia,
Sección GU-B10. Documentación y Hoja de Servicios de Antonio Luis Baena Tocón;
documentación complementaria obtenida el 10 de septiembre de 2026.
— Expediente académico de Antonio Luis Baena
Tocón, referencia RF 87-38. Documentación relativa a sus estudios de
Derecho y titulación.
— Correspondencia electrónica entre Juan
Antonio Ríos Carratalá y José Francisco Baena González, 2019.
— Demanda y documentación aportada al
procedimiento civil, especialmente Documento 32.
— RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en
Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025,
especialmente capítulo «La represión requiere colaboradores», pp. 150 y ss.
— RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: publicaciones
citadas en la nota 10, p. 151, de la tercera edición de Nos vemos en
Chicote: entradas de Varietés y República de 23-I-2021, 3-XI-2024 y
8-XII-2024, y trabajos depositados en el Repositorio Institucional de la
Universidad de Alicante de 17-X-2024 y 8-XI-2024.
— antonioluisbaenatocon.es, documentación
académica y documental publicada desde 2020.

